ECONOMÍA:
PUBLICACIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA SOBRE LA INTEGRACIÓN DE LA UE DESDE LA CREACIÓN DEL BCE Y LA ADOPCIÓN DEL EURO.
1. ¿Qué países se han integrado en la UE desde la creación del BCE en 1998?Chipre, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa se adhirieron a la UE el 1 de mayo de 2004. Otros dos países, Bulgaria y Rumanía, se incorporaron a la UE el 1 de enero de 2007. Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Turquía son países candidatos a la adhesión a la UE.
PUBLICACIÓN DEL BANCO DE ESPAÑA SOBRE LA INTEGRACIÓN DE LA UE DESDE LA CREACIÓN DEL BCE Y LA ADOPCIÓN DEL EURO.
1. ¿Qué países se han integrado en la UE desde la creación del BCE en 1998?Chipre, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa se adhirieron a la UE el 1 de mayo de 2004. Otros dos países, Bulgaria y Rumanía, se incorporaron a la UE el 1 de enero de 2007. Croacia, la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Turquía son países candidatos a la adhesión a la UE.
2. ¿Adoptarán los nuevos Estados miembros el euro de manera automática tras su incorporación a la UE?No, no de forma automática. Sin embargo, se espera que lo hagan una vez que cumplan los criterios de convergencia de Maastricht, pues, a diferencia de Dinamarca y del Reino Unido, los nuevos Estados miembros de la UE no tienen derecho a acogerse a una «cláusula de exclusión voluntaria» en relación con la adopción de la moneda única.
3. ¿Cuándo se espera que adopten el euro los nuevos Estados miembros?Eslovenia fue el primero de los nuevos Estados miembros de la UE en adoptar el euro, el 1 de enero de 2007, seguida por Chipre y Malta, el 1 de enero de 2008, y Eslovaquia, el 1 de Enero del 2.009. No hay un calendario preestablecido para la adopción del euro por parte de los nuevos Estados miembros, tal como el Consejo de Gobierno del BCE apuntó en el documento «Posición del Consejo de Gobierno del BCE relativa a cuestiones relacionadas con los tipos de cambio de los países adherentes», publicada el 18 de diciembre de 2003. Para ello, se les exige haber alcanzado un alto grado de convergencia económica sostenible, lo que ha de evaluar el Consejo de la UE basándose en los informes elaborados por la Comisión y el BCE sobre el grado en que estos países cumplen los criterios de convergencia de Maastricht. Estos informes se preparan, como mínimo, una vez cada dos años, o a petición expresa del país que desee adoptar el euro.
